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Artículo 1 TRANSITORIO del Decreto Ley 2851

Crea juzgado de letras en el departamento de los andes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 171529 / 6284074.

Texto oficial

Artículo 1º transitorio.- El tribunal que se crea por el presente decreto ley empezará a ejercer sus funciones cuando esté legalmente instalado y se extiendan las correspondientes actas de instalación. El Juez, Secretario y personal del Juzgado no serán designados ni propuestas las ternas respectivas, mientras el Ministerio de Justicia no ponga a disposición de la Corte de Apelaciones de Valparaíso el local donde funcionará el referido tribunal.