Texto oficial
Artículo 8°.- El decreto supremo que destine al
exterior a los funcionarios del Escalafón Directivo,
Profesional y Técnico, deberá señalar en cual de las
siguientes categorías de la Planta A, Presupuesto en moneda
extranjera del Servicio Exterior del Ministerio de
Relaciones Exteriores se desempeñará el funcionario
destinado.
Categoría Título
2ª Ministro Consejero o Cónsul General de 1ª
Clase.
3ª Consejero o Cónsul General de 2ª Clase.
4ª Primer Secretario o Cónsul de 1ª Clase.
5ª Segundo Secretario o Cónsul de 2ª Clase.
6ª Tercer Secretario o Cónsul de 3ª Clase.