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Artículo 84 del Decreto 1208

Aprueba el reglamento orgánico de la direccion general de aprovisionamiento del estado deroga el decreto 3.777, de 5 de diciembre de 1940, de hacienda.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17220 / 7155572.

Texto oficial

Artículo 84° La enajenación en subasta o propuesta pública se anunciará con tres publicaciones a lo menos, en diarios de la localidad, debiendo darse preferencia a los de la edición matinal y de mayor circulación. A falta de diarios, el anuncio se hará por medio de carteles que se fijarán en lugares públicos, por un plazo no menor a tres días, o por medio de volantes que se repartirán entre los posibles interesados.