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Artículo 103 del Decreto 1208

Aprueba el reglamento orgánico de la direccion general de aprovisionamiento del estado deroga el decreto 3.777, de 5 de diciembre de 1940, de hacienda.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17220 / 7155591.

Texto oficial

Artículo 103° A medida que se vayan recibiendo documentos que acrediten la recepción de fondos correspondientes a los Servicios deudores, se efectuarán las imputaciones correspondientes y se remitirán a la jefatura del Departamento los documentos deudores cancelados, a fin de que los valores respectivos se anoten en los formularios "Compromisos contraídos y pagos efectuados". Simultáneamente, Deudas Pendientes remitirá a los Servicios correspondientes el documento-aviso titulado "Notificación de Cargo (Cancelación)".