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Artículo 58 del Decreto 1225

Aprueba el reglamento orgánico de la caja de retiro y prevision de los empleados municipales de la republica; deroga el decreto 343, de 11 de marzo de 1954, de salud publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17286 / 5928814.

Texto oficial

Artículo 58.° El Servicio Técnico de la Caja estudiará los antecedentes, planos, presupuestos y especificaciones, pudiendo aceptarlos, modificarlos o rechazarlos si no cumplieran con los requisitos exigidos o adolecieran de defectos técnicos. Podrá también exigir los antecedentes y explicaciones que estime necesarios para la mejor comprensión de ellos debiendo el solicitante dar respuesta dentro de noventa días.