Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172986 / 10285918.
Texto oficial
Artículo 32.- Del pasaporte. Para dar curso a la
tramitación de un pasaporte de conformidad con la normativa
vigente, al momento de la petición, el Servicio deberá
consultar en línea si el solicitante se encuentra inscrito
en el Registro a su cargo en calidad de deudor de alimentos.
En el evento de aparecer con inscripción vigente en el
Registro el Servicio rechazará, sin más trámite y en el
acto, la solicitud.
En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas
en el inciso precedente, el personal respectivo incurrirá
en responsabilidad disciplinaria, la que será sancionada
con multa, a beneficio fiscal, del diez al cincuenta por
ciento de su remuneración.