Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172986 / 8720667.
Texto oficial
Art. 5.º El uso de los primitivos nombres o apellidos
y la utilización del nuevo nombre o apellido para eximirse,
impedir, dificultar o eludir el cumplimiento de cualquier
obligación, serán sancionados con la pena de presidio
menor en su grado mínimo.