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Artículo 10 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 211

Aprueba nuevo reglamento ley nº 19.030, que crea fondo de estabilizacion de precios del petroleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 173027 / 6292154.

Texto oficial

Artículo 10°: El Ministerio de Minería deberá informar al Servicio de Impuestos Internos los precios de referencia y de paridad, y los impuestos y créditos si corresponden, antes del último día hábil de la semana de su fijación, para el efecto establecido en el artículo 21° de este Reglamento.