Texto oficial
Art. 12. El Director General representa legal, judicial
y extrajudicialmente a la DC. de Ch. Servirá su cargo ad
honores y permanecerá seis años en su puesto, no pudiendo
ser reelegido para el período siguiente.
Aprueba el reglamento para la ejecucion de la ley n° 8.059 que creo la defensa civil de chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17350 / 8536367.