Saltar al contenido

Artículo 3 del Decreto 1250

Aprueba el reglamento para la ejecucion de la ley n° 8.059 que creo la defensa civil de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17350 / 8536381.

Texto oficial

Art. 3.o 1. El Jefe Superior de la DC. de Ch. es el Ministro de Defensa Nacional. 2. El Ministro de Defensa Nacional será asesorado por el Consejo Nacional de Defensa Civil. 3. El Ministro de Defensa Nacional podrá delegar en el Director General todas o parte de las atribuciones que le confiere el presente Reglamento.