Texto oficial
Art. 5.o Para cumplir sus fines la DC. de Ch.
desarrollará acción en las siguientes materias:
1. Enrolamiento de voluntarios en los registros de los
Comités Locales.
2. Mantención de registros de profesionales médicos,
dentistas, ingenieros sanitarios, farmacéuticos, matronas,
enfermeras, enfermeros, practicantes, visitadoras,
asistentes sociales, enfermeras sanitarias, enfermeras
hospitalarias, etc.
3. Preparación de auxiliares para los servicios
médicos (primeros auxilios, auxiliares hospitalarias,
matronas auxiliares, auxiliares de farmacia).
4. Preparación de auxiliares para los Servicios de
Sanidad (auxiliares sanitarias).
5. Preparación de auxiliares de visitadoras y
asistentes sociales.
6. Bancos de sangre (dadores de sangre).
7. Programas de desinfección e higiene públicas de
emergencia.
8. Planes de alojamiento de emergencia para
desamparados, damnificados y extraviados.
9. Colocación familiar voluntaria.
10. Alimentación de emergencia y programas de
utilización de las cocinas e implementos de clubes,
colegios, instituciones particulares, etc.
11. Centros de alimentación (restaurantes de
emergencia, servicios ambulantes, gotas de leche, etc).
12. Postas de auxilio y hospitales de emergencia.
13. Rescate de accidentados.
14. Movilización de heridos en casos de emergencia
(vehículos, camilleros, etc.).
15. Cooperación con las autoridades en la evacuación
total o parcial de poblaciones.
16. Mantención de registros de técnicos y auxiliares
para el funcionamiento de los servicios vitales de las
poblaciones (ingenieros, electrotécnicos, etc.).
17. Preparación de auxiliares para la pronta
preparación o explotación de los servicios postales,
telefónicos, telegráficos y radiotelefónicos.
18. Preparación de auxiliares de transporte y
movilización colectiva (conductores de vehículos
automóviles, de tracción animal y de tranvías
eléctricos).
19. Preparación de auxiliares de veterinaria.
20. Mantención de registros de vehículos y de personal
especializado en su reparación.
21. Obscurecimiento de localidades.
22. Ocultamiento de determinados objetivos.
23. Reparación inmediata de los servicios vitales en
casos emergencia (alumbrado, plantas eléctricas, agua, gas
y alcantarillado).
24. Mantenimiento de registros de edificios aptos para
refugios antiaéreos.
25. Habilitación de edificios públicos o refuerzo de
los mismos para el caso de bombardeos aéreos.
26. Refugios antiaéreos.
27. Preparación de policías auxiliares para reemplazar
parcialmente o reforzar a Carabineros en situaciones
bélicas o de emergencia, y para reprimir la acción de
delincuentes durante los obscurecimientos.
28. Preparación de auxiliares para la ordenación del
tránsito.
29. Preparación de auxiliares de Investigaciones.
30. Preparación de auxiliares de Identificación.
31. Servicio de vigilancia de hogares afectados por la
emergencia (hogares sin jefe, cuidado de la propiedad
privada en ausencia de sus dueños, etc.).
32. Necesidades de las poblaciones en lo referente al
servicio de bomberos.
33. Coordinación de los sectores en que se divide una
localidad, de acuerdo con las autoridades de Carabineros, de
Bomberos, de Asistencia Pública, Municipales, etc.
34. Sistema de alarma y de señalización para casos de
incendio, bombardeo, etc.
35. Elementos contra incendios, para casos de
emergencia.
36. Máscaras contra gases asfixiantes.
Identificación de gases. Uso de máscaras. Primeros
auxilios a víctimas de asfixia.
37. Instrucci�nes para voluntarios de los Cuerpos de
Bomberos, acerca de las nuevas modalidades bélicas;
preparación de auxiliares de éstos y de personal
adiestrado para Cuerpos de Bomberos (tratamiento y remoción
de bombas explosivas, inexplotadas o de tiempo, guerra
química y bacteriológica, bombas incendiarias, etc.).
38. Coordinación de las labores de bomberos, en casos
de emergencia, con las de las brigadas de trabajadores.
(Demolición de edificios que constituyan peligro público,
remoción de escombros, etc.).
39. Registros de ingenieros, arquitectos y especialistas
en construcción y reparación de refugios antiaéreos, en
utilización de refugios naturales.
40. Brigadas de trabajadores para cooperar en las
diferentes misiones de la Defensa Civil (reparación de
servicios vitales, demoliciones, remoción de escombros,
trabajos de gasfitería, de electricidad, de mecánica,
etc.).
41. Rehabilitación inmediata de calle y vías de
comunicación.
42. Traslado de reparticiones públicas, en situaciones
de emergencia.
43. Preparación de personal de secretaría
(Dactilógrafos, mecanógrafos, taquígrafos), para cooperar
en situaciones de emergencia.
44. Mensajeros para el refuerzo o reemplazo de los
medios normales de comunicación.
45. Preparación de especialistas en sepultaciones.
46. Adiestramiento de escuchas aéreos.
47. Preparación de especialistas para el enlace de la
Fuerza Aérea con otros servicios.
48. Informaciones y propaganda sobre disposiciones de la
DC. de Ch. (Conferencias, espectáculos culturales,
teatrales, cinematográficos, deportivos, etc.).
49. Divulgación de las medidas individuales de
protección que deba ejecutar de "motu proprio" la
población.
50. Instrucción a la población en orden a conservar la
mayor calma y la más rigurosa disciplina en toda
circunstancia, como asimismo el obedecimiento estricto y sin
discusión de las órdenes emanadas de las autoridades o de
la DC. de Ch.
51. Roperos de emergencia y talleres de confección de
ropa y otras prendas de vestuario indispensables atendidos
por voluntarias. Cooperación en estas tareas con otros
organismos que las efectúen.
52. Talleres para la formación de stock de elementos
sanitarios atendidos por voluntarios. Cooperación con otros
organismos que desarrollan actividades semejantes.
53. Protección y cuidado de los niños cuyos padres o
tutores tengan que permanecer alejados de sus hogares.
54. Informaciones a familiares sobre la ubicación y
estado de los deudos (enfermos, evacuados, hospitalizados,
fallecidos, etc.).
55. Auxilios religiosos.
56. Mantenimiento de la tranquilidad pública en casos
de siniestros; prevención del pánico y de la
desmoralización colectiva.