Texto oficial
Art. 22. Corresponde a la Sección Tramitaciones:
a) La recepción de toda la correspondencia oficial de
la Dirección y su tramitación; el despacho de la
correspondencia emanada del servicio y la formación de los
archivos, debiendo efectuar las anotaciones que permitan en
cualquier momento informar respecto de la ubicación y
estado de tramitación de cualquier documento.
b) Extender las citaciones a sesión del Consejo y del
Comité Ejecutivo, o de los Comités Centrales; copiar las
actas redactadas por el Secretario; preparar la
transcripción de los acuerdos del Consejo y del Comité
Ejecutivo y de las resoluciones, órdenes, directivas y
circulares del Jefe Superior de la Defensa Civil (Ministerio
de Defensa Nacional) y del Director General;
c) Recolectar los antecedentes que el Secretario General
estime necesarios para la preparación de la Memoria Anual;
d) Mantener los Registros de inscritos por
especialidades, en los diversos Comités Locales, y
e) Preparar las hojas de vida del personal del
Departamento Administrativo.