Texto oficial
Art. 58. Los Comités Locales se regirán por un
Reglamento de Sala, que dictará la Dirección de la DC. de
Ch., con acuerdo del Consejo.
Aprueba el reglamento para la ejecucion de la ley n° 8.059 que creo la defensa civil de chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17350 / 8536441.