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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 1009

Fija planta del servicio nacional de menores y señala normas sobre traspaso de las casas y hogares de menores del servicio nacional de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 174803 / 7276349.

Texto oficial

Artículo 9º. Casa Nacional del Niño continuará ocupando el inmueble ubicado en Avenida Antonio Varas Nº 360, hasta que el Servicio Nacional de Salud ponga a disposición del Servicio Nacional de Menores un bien raíz que resulte idóneo para el funcionamiento de esa institución. La transferencia del dominio o la destinación, según corresponda, se efectuará en las condiciones y con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 6º de este decreto con fuerza de ley.