Texto oficial
Artículo 6º.- Derógase a contar desde la fecha de su vigencia el inciso segundo de la letra d) del artículo 23º de la ley número 15.386, de 11 de Diciembre de 1963.
Incrementa los ingresos ordinarios que señala, a contar del primer semestre de 1969, de la municipalidad de porvenir
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