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Artículo 8 del Decreto 1355

Fija reglamento de zonas y depositos francos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17622 / 9098370.

Texto oficial

ARTICULO 8° Para todos los efectos de este Título, se entiende por reconocimiento la revisión de la documentación que se acompaña y el examen ocular de la mercancía, practicados con el objeto de determinar su valor e identidad.