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Artículo 191 BIS del Código Procesal Penal

Establece código procesal penal

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 176595 / 8647099.

Texto oficial

Artículo 191 bis.- Anticipación de prueba de menores de edad. Derogado.-