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Artículo 25 del Decreto 1383

Reglamento orgánico del consejo de defensa del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17670 / 7156247.

Texto oficial

Artículo 25.- El Subdepartamento de Control de tramitaciones judiciales en provincias, bajo la dependencia del Director del Departamento de Defensa Estatal, será dirigido por un jefe que ejercerá sus funciones bajo la supervigilancia del referido Director.