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Artículo 27 del Decreto 1383

Reglamento orgánico del consejo de defensa del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17670 / 7156250.

Texto oficial

Artículo 27.- La defensa del Estado y del interés social comprometido en todas las reclamaciones y juicios que se originen con motivo de la aplicación de los preceptos del Libro II de la ley 17.105 sobre Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres y de todos los asuntos que determinadamente le asigne el Presidente del Servicio se ejercerá por medio del Departamento de Defensa de la Ley de Alcoholes.