Texto oficial
Artículo 32.- La Oficina del Departamento en Santiago
tendrá una Secretaría, a cargo de un Subjefe, a la que le
corresponderá:
a) Ingresar todas las comunicaciones administrativas que
reciba la Oficina del Departamento en Santiago, registrando,
cuando proceda, el funcionario a que se asignan para su
respuesta y velando porque ella se dé con oportunidad;
b) Despachar todas las comunicaciones administrativas
que se expidan por la Oficina del Departamento en Santiago,
haciendo las correspondientes anotaciones y registros en los
libros respectivos;
c) Organizar y mantener los archivos de la Oficina del
Departamento en Santiago;
d) Recibir y despachar la correspondencia oficial del
Director Abogado del Departamento;
e) Mantener los archivos del Director;
f) Colaborar con los abogados de la Oficina del
Departamento en Santiago en los trabajos de dactilografía
que requieran en el cumplimiento de sus labores
funcionarias;
g) Proponer sistemas de registro, despacho y archivo de
comunicaciones, a fin de procurar se localicen con exactitud
y celeridad, y
h) Someter a la consideración del Director Abogado del
Departamento el proyecto de distribución de funciones entre
el personal de Servicios Menores de la Oficina del
Departamento en Santiago y supervigilar su cumplimiento.