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Artículo 16 del Decreto 643

Aprueba ''reglamento de visita de abogados y demás personas habilitadas a los establecimientos penitenciarios''

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 176915 / 6305937.

Texto oficial

Artículo 16º: La conversación entre el abogado y el detenido puede versar exclusivamente sobre el trato recibido, las condiciones de su detención y sobre los derechos que puedan asistirle.