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Artículo 7 del Decreto Ley 2329

Concede bonificacion especial a los trabajadores y pensionados de los sectores publico y privado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 177621 · idParte: 6307906

Texto oficial

Artículo 7º.- El monto básico de la bonificación de los trabajadores del sector privado será de cargo de los empleadores y pagado directamente por ellos. Los incrementos de la bonificación serán de cargo del Fondo Unico de Prestaciones Familiares. Los incrementos también serán pagados directamente por los empleadores, los cuales efectuarán las compensaciones correspondientes, descontando las cantidades pagadas por este concepto de las cotizaciones que deben efectuar a dicho Fondo.