Texto oficial
Artículo 11.- La prestación de trabajo será siempre gratuita, pero la institución que se beneficie con él podrá entregar al penado una suma de dinero que cubra los gastos de movilización necesarios para su traslado.
Aprueba reglamento de la ley n° 19.325, sobre violencia intrafamiliar
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17764 / 8750424.