Saltar al contenido

Artículo 14 del Decreto 1415

Aprueba reglamento de la ley n° 19.325, sobre violencia intrafamiliar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17764 / 8750427.

Texto oficial

Artículo 14.- El Servicio de Registro Civil e Identificación llevará el Registro Especial de Condenas por actos de violencia intrafamiliar, en la Base de Datos central de su sistema mecanizado, en el cual se inscribirán todas las personas que hayan sido condenadas por sentencia ejecutoriada como autoras de actos de violencia intrafamiliar, a que se refiere la Ley N° 19.325.