Texto oficial
Artículo 4º.- Ninguna concesión, permiso, autorización o contrato que diga relación con los bienes mencionados que se haga por los Servicios a que se ha hecho mención será válido sin la autorización establecida en el artículo 1º del presente DFL. El decreto, la resolución o el contrato respectivo deberá contener una mención expresa de dicha autorización.