Saltar al contenido

Artículo 4 del Decreto 659

Crea consejo tecnico asesor en política de medicamentos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 178316 / 8426353.

Texto oficial

Artículo 4°: El Consejo funcionará en las dependencias del Ministerio de Salud con la frecuencia y en el horario que determine su Presidente, debiendo emitir informes periódicos al Ministro acerca de los resultados de su gestión que alcance.