Texto oficial
Artículo 2º.- Los favorecidos con este indulto quedarán, no obstante, sujetos a la vigilancia del Patronato de Reos respectivo por el tiempo que les reste por cumplir de la pena indultada.
Otorga indulto a personas que indica en las condiciones que expresa
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 180549 / 6317591.