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Artículo 2 del Decreto Ley 1869

Autoriza a la municipalidad de santiago para expropiar el inmueble denominado casa colorada, ubicado en la comuna de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 180639 / 8365228.

Texto oficial

Artículo 2º.- Los terrenos que la Municipalidad de Santiago hubiere expropiado o que se encuentren en trámite de expropiación en la manzana comprendida entre las calles Catedral, San Martín, Compañía y Manuel Rodríguez y que actualmente no se incluyen en el plano regulador de la comuna de Santiago, como Bien Nacional de Uso Público, podrán ser enajenados por dicha Municipalidad de acuerdo a la legislación vigente.