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Artículo 6 de la Ley Tocopilla

Establece regimen de zona franca industrial de insumos, partes y piezas para la minería en la comuna de tocopilla en la ii region

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 180816 / 7026244.

Texto oficial

Artículo 6°.- Las ventas de las mercancías señaladas en el artículo 3°, que se efectúen desde la Zona Franca de Iquique a las empresas mencionadas en el artículo 1°, domiciliadas en el área geográfica señalada en el mismo artículo, en virtud de lo dispuesto en el artículo anterior, estarán exentas del impuesto establecido en el artículo 11 de la ley Nº 18.211.