Texto oficial
Artículo 3º.- Facúltase al Presidente de la República para suscribir en representación del Gobierno de Chile, Reposiciones de Recursos de la Asociación Internacional de Fomento, hasta por un valor de US$ 350.096,50 (trescientos cincuenta mil noventa y seis dólares norteamericanos, cincuenta centavos de dólar).