Texto oficial
Artículo 69°.: Las funciones de la División de Inspección serán las siguientes:
- Controlar y supervisar las salas cunas y jardines infantiles de la Junta e instituciones, servicios, empresas o establecimientos públicos o privados, municipales o de administración autónoma.
- Supervisar y controlar las normas técnicas de equipamiento y funcionamiento de las salas cunas y jardines infantiles contemplados en los Art. 42, 47, 48 y 49, del Reglamento y de todas aquellas otras que la sección técnica estime necesario establecer.
- Establecer el control físico de los bienes no fungibles que la Junta haya entregado a los jardines infantiles, para lo cual solicitará las instrucciones respectivas a la sección Contabilidad.