Texto oficial
Artículo 5°.- El plan general de saneamiento seguirá
los siguientes trámites:
a) Presentación detallada al Banco Interamericano de
Desarrollo, proponiendo la solución del problema y
especificando que, en virtud de ley especial, serán
cumplidos todos los requisitos que esa Institución señala
en sus Estatutos;
b) Solicitud de préstamo de asistencia técnica
reembolsable, para la realización de los estudios
necesarios para el debido desarrollo del plan general y
c) Solicitud de préstamo para la realización de los
trabajos que dichos estudios aconsejen emprender.
La Comisión establecida en el artículo 1° estará
facultada para introducir las cláusulas y obligaciones que
sean necesarias para el cumplimiento de todos los requisitos
que los ejecutivos y el Consejo del Banco indiquen.