Texto oficial
Artículo 53.- El reglamento que regule el subsidio
estatal para el deporte deberá contemplar, a lo menos, las
siguientes materias:
a) Priorización en las asignaciones del subsidio, de
acuerdo a las necesidades de inversión deportiva en las
diversas comunas del país, a la naturaleza de los recintos
deportivos y a los usuarios a que estén ellos destinados,
según lo establezca, anual o plurianualmente, el Director
Nacional del Instituto;
b) Especificación de los requisitos para postular al
subsidio, formas de acreditar su cumplimiento y ponderación
de los factores que determinarán el puntaje para efectos de
la prelación de las postulaciones, y c) Determinación de
la cantidad anual de llamados a postulación.
El monto de los recursos que anualmente se destinarán
para el subsidio en cada Región del país, se efectuará
mediante resolución del Instituto.