Texto oficial
Artículo 20 - A la Sección Documentación y Biblioteca
corresponderán las siguientes funciones:
a) Llevar la clasificación temática de las
disposiciones legales y el índice numérico de las mismas;
b) Mantener actualizados los Códigos y demás
disposiciones legales y reglamentarias del sector;
c) Proporcionar la información que se solicite acerca
de textos legales y reglamentarios y otras materias,
manteniendo ordenadas y clasificadas las informaciones
provenientes de las actividades señaladas en las letras
precedentes;
d) Procurar que el personal del Ministerio esté
informado de las reformas legales y reglamentarias que en su
concepto sean de interés, y
e) Cumplir las demás funciones que se le asignen.