Texto oficial
Artículo 22.- Serán atribuciones del Jefe de la
División de Defensa Social:
a) Organizar, dirigir y controlar el eficaz y oportuno
cumplimiento de las funciones asignadas a la División y al
personal a su cargo;
b) Proponer las modificaciones que el sistema legal
vigente requiera para el cumplimiento de las políticas en
materias de defensa social de adultos y de menores;
c) Preparar y proponer normas e instrucciones para el
funcionamiento de los sistemas asistenciales de prevención
del delito y de tratamiento y rehabilitación de menores y
de adultos;
d) Asesorar a la Oficina de Planificación y Presupuesto
para la elaboración de los planes, programas y proyectos,
relativos a materias de su competencia;
e) Asesorar al Ministro y al Subsecretario de las
acciones destinadas a promover y estimular la participación
de organismos públicos y privados, nacionales e
internacionales, y a la comunidad en general, en las
referidas labores de prevención, tratamiento, protección y
rehabilitación;
f) Participar en el control de la ejecución y en la
evolución de los planes, programas y proyectos sobre
materias de su competencia;
g) Proponer proyectos de cooperación técnica
internacional en materias de su competencia y mantener una
coordinación permanente con organismos nacionales e
internacionales de defensa social, en coordinación con la
Oficina de Planificación y Presupuesto;
h) Impulsar políticas y planes intersectoriales
comprometiendo a la comunidad nacional, en especial al
sector privado, en la prevención del delito y en la
readaptación del delincuente a la sociedad, dando especial
participación a la juventud en todo el proceso;
i) Impulsar la colaboración entre los tribunales de
justicia y organismos policiales y administrativos en la
creación de un ambiente favorable a la prevención del
delito y, a través de prácticas positivas hacia la
juventud, al delincuente rehabilitado y su grupo familiar
para obtener, con éxito, su reinserción en la sociedad;
j) Fomentar y estimular la realización de cursos,
seminarios, charlas y encuentros nacionales y la
publicación y difusión de libros, documentos o trabajos
sobre materias que sean de interés para el cumplimiento de
los objetivos de la División, y
k) Cumplir las demás funciones que se le encomienden.