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Artículo 38 del Decreto 1597

Reglamento orgánico del ministerio de justicia

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18182 / 7156906.

Texto oficial

Artículo 38.- Del Departamento de Presupuesto y Finanzas dependerá una unidad que con el nombre de "Oficina de Presupuesto de la Subsecretaría" tendrá las siguientes funciones: a) Ejecutar el Presupuesto Operativo de la Subsecretaría del Ministerio de Justicia; b) Llevar los registros contables correspondientes al Presupuesto de la Subsecretaría; c) Ingresar los recursos presupuestarios asignados a la Subsecretaría y efectuar los pagos y demás operaciones que correspondan, con cargo a dichos recursos; d) Realizar las rendiciones de cuentas del Presupuesto Operativo de la Subsecretaría; e) Confeccionar las planillas de liquidación de sueldos del personal del Servicio; f) Efectuar las modificaciones presupuestarias que correspondan; g) Operar las cuentas corrientes de la Subsecretaría, de acuerdo con las normas vigentes; h) Realizar las consolidaciones bancarias en relación con el movimiento de la cuenta corriente; i) Otorgar los certificados de renta del personal; j) Determinar las necesidades presupuestarias de la Subsecretaría para la formulación del Proyecto de Presupuesto; k) Refrendar los decretos y resoluciones que impliquen gastos con cargo al Presupuesto de la Subsecretaría, y l) En general, cumplir con todas aquellas funciones y tareas que se le encomienden.