Texto oficial
PARRAFO 4º
De la coordinación y operación de programas
conjuntos entre el Departamento de Educación Física y
Deporte del Ministerio de Educación Pública y la
Dirección General de Deportes y Recreación.
Artículo 11º- La coordinación y operación de programas conjuntos entre el Departamento de Educación Física y Deportes del Ministerio de Educación Pública y la Dirección General de Deportes y Recreación, se realizará en forma directa entre ambos servicios.
Sin perjuicio de lo anterior existirá una Comisión Especial integrada por el Director General de Deportes y Recreación, el Subdirector de Deportes de la Dirección General de Deportes y Recreación, el Secretario Técnico de Deportes de la Dirección General de Deportes y Recreación, el Jefe del Departamento de Educación Física y Deportes del Ministerio de Educación Pública y los asesores técnicos de Educación Física de Enseñanza Básica y Normal y de Enseñanza Media del Ministerio de Educación Pública, que tendrá por fin facilitar dicha coordinación.