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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 1329

Reglamento del articulo 38º de la ley 17.276

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 182128 / 8839473.

Texto oficial

Artículo 3º- El fomento de la ejecución de planes y programas de educación extraescolar en los establecimientos de enseñanza básica y media, así como su coordinación con los planes y programas de estudios, estarán a cargo del Departamento de Educación Extraescolar dependiente de la Subsecretaría de Educación Pública.