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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 1329

Reglamento del articulo 38º de la ley 17.276

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 182128 / 8839475.

Texto oficial

PARRAFO 2º De la coordinación y operación de programas conjuntos con la Dirección General de Deportes y Recreación Artículo 5º- Anualmente el Ministerio de Educación Pública y la Dirección General de Deportes y Recreación deberán convenir las actividades que constituirán el Programa Conjunto de Educación Extraescolar, y Recreación de la población en edad escolar, así como los recursos que ambos servicios aportarán a su realización.