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Artículo 5 (DEL ART. 1) del Decreto Ley 1761

Reemplaza decreto ley nº 1.420, de 1976, que establece impuesto a vehiculos motorizados que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 182257 / 7280805.

Texto oficial

Artículo 5º.- El impuesto se calculará en moneda dólar y se girará en moneda nacional según el valor más alto del mercado bancario vigente en la fecha en que se devengue el impuesto.