Texto oficial
Artículo 11º.- Los Oficiales, Suboficiales Mayores y
Suboficiales con facultades disciplinarias deben proceder
con rectitud, moderación y elevado espíritu de justicia,
considerando principalmente la verdadera responsabilidad del
inculpado, en relación con la naturaleza o importancia de
la falta.
Deben guardar, además, la reserva y discreción
necesarias para evitar que se resienta el ascendiente moral
o prestigio profesional del afectado.