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Artículo 50 del Decreto 900

Aprueba reglamento de disciplina nº 11 de carabineros de;chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 182630 / 9003236.

Texto oficial

Artículo 50º.- El Jefe contra cuya resolución se apela, lo cursará a la autoridad encargada de fallar, acompañando los antecedentes que incidan en la materia.