Texto oficial
Artículo 50º.- El Jefe contra cuya resolución se
apela, lo cursará a la autoridad encargada de fallar,
acompañando los antecedentes que incidan en la materia.
Aprueba reglamento de disciplina nº 11 de carabineros de;chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 182630 / 9003236.