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Artículo 56 del Decreto 900

Aprueba reglamento de disciplina nº 11 de carabineros de;chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 182630 / 9003243.

Texto oficial

Artículo 56º.- El conducto regular podrá también observarse en el orden descendente, es decir, de mayor a menor jerarquía. Sin embargo, podrá omitirse este trámite cuando determinadas circunstancias aconsejen a los superiores tomar una resolución que observando el conducto regular descendente, pudiera retardarse el cumplimiento de una orden o anular su eficacia. En tal caso, tan pronto sea posible, el Jefe que lo dispuso comunicará los hechos y antecedentes a las jefaturas cuyo conducto regular se omitió, informándolas de las razones tenidas para ello.