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Artículo 48 del Decreto 900

Aprueba reglamento de disciplina nº 11 de carabineros de;chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 182630 / 9584239.

Texto oficial

Artículo 48.o- Las reglas relativas a reclamos, contenidas en el presente Título y las del Título X, no derogan a las que sobre la misma materia señala el Reglamento de Sumarios Administrativos, y serán aplicables a las sanciones no determinadas en sumarios administrativos a ni investigaciones sumarias.