Texto oficial
Trigésimo: El Comité tendrá un Tribunal de Honor y de Arbitraje Deportivo, que estará formado por tres miembros titulares y dos suplentes, elegidos por el Consejo en la oportunidad señalada en el art. Vigésimo. Sus integrantes durarán cuatro años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos por una sola vez. Sus cargos serán incompatibles con los de Presidente y delegados de Federaciones ante el Consejo, miembros del Directorio y de las Comisiones Jurídica y de Deportistas. Serán elegidos en la forma prescrita en el artículo citado y en la primera reunión que realicen después de su elección, designarán a un Presidente y a un Secretario. En caso de inhabilidad, implicancia, recusación u otra causa o motivo que impida a uno o más de sus integrantes conocer de una causa determinada, serán reemplazados por los suplentes, en el orden en que fueron elegidos.