Texto oficial
Art. 5.o No se aplicará el artículo 3.o de la presente ley a la propiedad ubicada en la calle Teatinos número 32, ni se entenderá autorizado el Presidente de la República, para venderla privadamente o en subasta pública, pudiendo cancelarse su precio con las propiedades cuya enajenación autoriza el artículo 4.o o con el producto de su venta.