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Artículo 5 de la Ley 5.127

Ley 5.127

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 185785 / 6336673.

Texto oficial

Art. 5.o No se aplicará el artículo 3.o de la presente ley a la propiedad ubicada en la calle Teatinos número 32, ni se entenderá autorizado el Presidente de la República, para venderla privadamente o en subasta pública, pudiendo cancelarse su precio con las propiedades cuya enajenación autoriza el artículo 4.o o con el producto de su venta.