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Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 16

Establece normas sobre sociedades agricolas de reforma agraria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 186105 / 6337540.

Texto oficial

Artículo 17.- La organización y funcionamiento de estas sociedades estará a cargo de: a) La Asamblea General; b) El Consejo de Administración, y c) Los Comités Ejecutivos. Dichos órganos tendrán las atribuciones que en el contrato social se establezcan; sin perjuicio de las que se señalan en los artículos siguientes.