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Artículo 4 del Decreto 20

Reglamento sobre normas de seguridad para el transporte privado de los trabajadores agricolas de temporada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 186566 / 8647834.

Texto oficial

Artículo 4º: Los vehículos en que se realice transporte privado de trabajadores agrícolas de temporada, deberán portar un letrero con la leyenda ''Trabajadores Agrícolas de Temporada'', cuyas letras deberán tener un alto mínimo de 10 cm., y un ancho mínimo de 5 cm. El fondo del letrero deberá ser de color amarillo y las letras de color negro, reflectante o iluminado, a objeto de permitir su óptima visualización. Este letrero deberá estar ubicado frontalmente, en un lugar visible desde el exterior del vehículo, no impidiendo la visual del conductor.