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Artículo 2 de la Ley 19.736 · Sobre indulto general, con motivo del jubileo 2000

Sobre indulto general, con motivo del jubileo 2000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 187739 / 6343158.

Texto oficial

Artículo 2º.- Si el condenado hubiere obtenido, con anterioridad a la vigencia de esta ley, reducción de su condena por indulto u otra causa, la rebaja de pena establecida en el artículo anterior operará sólo respecto de la pena reducida.