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Artículo 27 del Decreto Con Fuerza de Ley 29

Crea establecimiento de salud de caracter experimental

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 187897 / 7284564.

Texto oficial

Artículo 27.- En los casos en que la capacitación o el perfeccionamiento impidan a los trabajadores desempeñar sus labores propias, conservarán el derecho a percibir las remuneraciones correspondientes.